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sábado, 23 de junio de 2007
LA REGLA ANALITICA Autor: BASSOLS MIGUEL
Nunca me he encontrado diciendo la regla analítica de la misma forma. Es una constatación que está de acuerdo con lo escrito en el párrafo señalado de Lacan: "hasta en las inflexiones de su enunciado...". En efecto, aún tratándose del mismo enunciado, tanto el momento, la oportunidad, como el gesto o el tono de voz con el que se enuncia, hacen de esa regla algo particular en cada caso para dar, a partir de ese instante, un nuevo sentido a lo que se diga. Lo que se diga no será ya escuchado de la misma forma que en otro discurso, podrá ser interpretado en distinto registro, podrá obtener nuevas significaciones. Pero, por eso precisamente, es necesario que esa regla se enuncie en cada caso, de una forma u otra, para abrir el nuevo registro del discurso analítico. La cadena significante podrá ser tomada desde entonces de un modo fragmentado, en el que cada elemento podrá ser interpretado de forma distinta. Ello sólo es posible si quien escucha lo hace sin anticipar la significación. En este sentido, la regla de la "asociación libre" es una regla correlativa a la que debe seguir el analista en la llamada "atención flotante", que podría ser parafraseada como "no escuche lo que se le ocurra". Si la posición del analista se define en su acto por un "no pienso" es para llevar al sujeto a cumplir la regla de la que esa posición es la contrapartida en acto.La regla analítica se presenta así de una forma paradójica: es una regla que es preciso que el sujeto olvide para cumplirla. De hecho, nadie puede decir lo que se le ocurra si piensa que debe decir todo lo que se le ocurre. Y el sujeto piensa que debe decir (todo) lo que se le ocurre precisamente cuando calla algo, generalmente porque piensa en quien lo está escuchando. Es lo que Lacan empezó por situar en su primer Seminario como el momento de la resistencia inherente a la significación del discurso en la transferencia. Y es lo que vino a decirme un sujeto a la entrevista siguiente de haberle enunciado yo esa regla: "eso es imposible". Y tenía razón, tal como le confirmé de inmediato para agregar que no por eso debía dejar de intentarlo. Pues es precisamente por este imposible que el decir del sujeto se confrontará en la transferencia a lo real, ese real que el analista deberá saber puntuar con su intervención. El sujeto debe "olvidar" entonces ese imposible puesto de manifiesto por la regla analítica para poder atenerse a ella.Así he entendido entonces una idea sobre la regla fundamental planteada por Lacan en su Seminario sobre "El acto analítico". En la séptima sesión de ese Seminario, señala que se podría traducir la regla de la asociación libre como la regla del "significante en acto", para añadir que el verdadero sentido de la famosa "regla fundamental" es "la consigna: que el sujeto se ausente". Se trata precisamente de que el sujeto se ausente de sí mismo, se "olvide" del imposible de decir todo lo que se le ocurre y pueda librarse a los nuevos efectos de significación. Es esta dimensión del acto la que la enunciación de la regla fundamental debe hacer presente, cada vez.
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SECCION CLINICA (ARTICULOS)
SEGUIR UN HILO Autor: SUAREZ SOLANO ESTHELA
1- En su mensaje al Comité de acción (Papers N°2), a continuación de la contribución de Marco Focchi, Graciela Brodsky declina de una manera muy interesante la conjunción-disyunción entre principios y reglas. Su recorrido me motivó a buscar a nivel del saber acumulado en la lengua –es decir, a nivel de la etimología– la diferencia o el parentesco que especifica, en su uso, el campo semántico de los principios y las reglas. Mi intento no fue infructuoso, pues encontré lo que buscaba en el Robert, Diccionario Histórico de la Lengua Francesa:Principio: viene del latín principium, derivado de princeps «que ocupa el primer lugar» (la palabra príncipe proviene de esta fuente). El vocablo latino designa el comienzo, el debut en el tiempo; por abstracción, el origen fundador: principia, los elementos de los cuales alguna cosa está formada, los fundamentos.En francés el término guarda su sentido en el campo epistemológico: fundamento lógico, y por extensión se relaciona con una ley de alcance general relativa a una ciencia o a una disciplina. Alrededor de1351, el sentido se extiende por fuera del campo epistemológico, hacia el sentido práctico de «regla de acción»; y más tarde, en 1688, con la introducción del plural «principios», el término designa en particular «las reglas morales a las cuales una persona o un grupo está sujeto».Encuentro muy significativa la derivación semántica que se desliza del campo epistémico de los principios hacia el de las reglas de la ética. En este sentido, los principios se juntan con la regla.Regla : vocablo adaptado del latin regula «instrumento que sirve para poner en escuadra, patrón que permite juzgar, corregir». En francés, la palabra toma un valor figurado muy general: «prescripción de orden moral, intelectual o práctico que se aplica a la conducción». Desde el siglo XVI, una restricción de su sentido la transforma en «una prescripción que conviene seguir en el estudio de una ciencia, de una técnica», por ejemplo «reglas de la gramática», en matemáticas «regla de tres», y en plural «reglas del juego» para el conjunto de convenciones propias a un juego. Aquí la regla se vuelve a encontrar con los principios. No obstante, lo que diferencia a la regla de los principios es que los principios se refieren a los fundamentos, mientras que la regla está relacionada con el procedimiento práctico, con el «hacer». Como lo pone en evidencia Marco Focchi, los psicoanalistas de la IPA, desde el momento en que substituyen las reglas, incluso las prescripciones, a los principios –es decir, a los conceptos– se reconocen «analistas» a partir de la aplicación de una regla protocolar: la común medida que hace de un practicante un analista es la de exponer una práctica del análisis que se ajusta al estándar de cinco, cuatro, ¡como mínimo tres sesiones por semana, durante todo un año! No hay en esto ninguna preocupación por el resultado, ni por la puesta en evidencia de la lógica de la cura, ni por la demostración de los principios de su acción.2- Se ve bien que el tiempo que se ajusta a la regla del estándar es el que se mide, incluso el que se contabiliza, en tantos minutos para una sesión, tantas sesiones por semana, tantas semanas para una cura. Es aquí la duración contabilizada la que da crédito y garantía al analista. La IPA cree en la medida, en el sentido de la regla, del tiempo métrico. Este patrón toma así la función del Uno gracias al cual se vuelve posible construir un conjunto homogéneo, el de todos los practicantes que se ajustan a él. Volviéndose así «todos parecidos» con respecto a la regla –y gracias a la regla– se encierran en la psicología y se abstienen de rendir cuentas sobre los principios fundadores de su posición, los cuales provienen de las aporías lógicas planteadas por la separación entre el pequeño a y S (A/). Lacan nos enseña que sobre esta escisión reposa la distinción entre psicología y psicoanálisis.Por el contrario, si la orientación lacaniana supone tener en cuenta lo real, como lo expuso Jesus Santiago, esto implica acoger la dimensión temporal de lo imprevisto. No solo darle lugar, sino también hacerse su agente. En este sentido, es por su acto que el analista se hace agente de la contingencia. La sesión analítica conlleva un aspecto de «regularidad burocrática», es su vertiente de necesidad, contrariada por el acto del analista, que introduce los efectos de división por donde se «realiza» el inconsciente como sujeto. Esto es lo que escribe la línea superior del discurso del analista: pequeño a , flecha, S barrado. Ciertamente, como lo señala Jesus Santiago en su texto, el acto analítico, por un lado, solicita del analizante la aplicación de la regla fundamental, desde el momento en que él «desencadena el movimiento de investimiento del sujeto supuesto saber», pero no para ajustarse ahí a su orden, que es el del discurso del amo, es decir, el del inconsciente, sino más bien para contrariarlo, justamente para producir el cuarto de vuelta que hace advenir su reverso. Dicho de otro modo, el acto analítico –al cortar el lazo entre S1 y S2– aísla el significante S1 fuera-de-sentido en el lugar del producto, y por este hecho el saber, es decir S2, viene al lugar de la verdad. Por esto, como dice Graciela, el acto va contra el inconsciente. A través de esta vía, que es la del encuentro de la creencia transferencial –incluso del amor– con el acto del analista, el dispositivo de semblante del discurso analítico tendría una chance de tocar lo real.3- Como lo señala Graciela, en mi texto de Papers N°1 yo había puesto el acento sobre este punto. Ahora bien, como lo indica Jacques-Alain Miller, las sesiones que son “siempre la misma cosa” –casi diríamos “siempre la misma sesión”, a causa del defecto del acto analítico (tal como lo expresa tan bien Georges Pérec en el relato de su análisis que he comentado)–, estas sesiones, dominadas por el rito y la rutina, producen generalmente como consecuencia que los acontecimientos imprevistos tengan lugar afuera. Al respecto, el acting out es el mayor ejemplo de esto. Aquí el «trozo de real» es arrojado fuera del lugar del análisis. Los ritos preservan de la irrupción de lo real.Por el contrario, si planteamos que es por su acto que el analista se hace agente de la contingencia y que por este sesgo promete la demostración de lo real en tanto imposible, entonces introducimos por ahí una problemática mayor en lo que concierne al manejo de los «poderes de la palabra» en la dirección de la cura.Tratar esta cuestión implica tener en cuenta los diferentes períodos en la enseñanza de Lacan, según la orientación que tenemos de Jacques-Alain Miller. Al respecto, sería interesante extraer los principios de la dirección de la cura según los diferentes momentos de la enseñanza de Lacan, a fin de declinar sus «varidades»*A mi entender, es una vía a seguir.4 - En todo caso, me parece que hay un abismo entre el Discurso de Roma –donde Lacan desprende los principios de la acción analítica a partir del campo del lenguaje y de la función de la palabra, productora de los efectos de sentido y de verdad– y el corte radical que es introducido por Lacan durante su última enseñanza, como Jacques-Alain Miller lo ha esclarecido en la orientación lacaniana. Cuando la palabra es rebajada al rango de un goce autístico, el saber cae al rango de la elucubración, y el sentido nos encierra irremediablemente en la debilidad mental.En consecuencia, si la experiencia analítica toma como principio de su orientación a lo real –en tanto que fuera-de-sentido y sin ley– esto nos confronta a una manera de «hacer» que conduce la práctica a las antípodas de la mera consideración de los efectos de sentido y de verdad provenientes de la palabra. En tanto Lacan ubica lo real como principio de orientación de la experiencia, sostiene entonces la aspiración «de ir más lejos que el inconsciente». Desde ese momento, la cuestión deviene en cómo operar con la palabra para no dejarse encerrar en el campo del lenguaje, es decir, en la elucubración de saber que participa de la mentira de lo simbólico. La operación analítica ¿devendría equivalente a un saber hacer con la lalengua? En todo caso, Lacan llega afirmar que no es imposible que la verdad devenga «un producto del saber-hacer» (clase del 18 de noviembre de 1975). Esta afirmación conlleva que la práctica analítica participa de la techné . En este sentido, su agente no es otro que el artesano.Me propongo seguir este hilo en el próximo número de Papers.
FUENTE: EOL
FUENTE: EOL
EL AXIOMA DE LA AUTONOMIA DEL ENCUADRE DE LAS VARIABLES Autor: FOCCHI MARCO
La noción de contrato analítico, a la que generalmente es dedicado un capítulo de importancia en los principales manuales de técnica, no es un concepto freudiano. Es verdad que Freud utiliza el término Vertrag en el “Compendio de psicoanálisis”, pero lo utiliza en un sentido que no tiene minimamente el valor normativo del cual fue sucesivamente investido. El Vertrag freudianoes simplemente el pacto de permutar la plena franqueza del paciente por la total discreción del psicoanalista, y en un cierto sentido, es otro modo de definir la regla fundamental (GW, XVII, p. 99). El proceso de estandarización del psicoanálisis se apropió, en cambio, de la idea de contrato en el sentido normativo, incluyendo allí todas las cuestiones relativas a horarios, honorarios, períodos de vacaciones, duración y frecuencia de las sesiones, pago de las salteadas, todo aquello en lo que consiste materialmente el encuentro entre analista y paciente. La problemática del encuadre analítico es enmarcada globalmente dentro de la noción de contrato es leida al interno de una metáfora jurídica, en un campo en el que las ideas eje son las del derecho y el deber. Bajo este aspecto el problema no es tanto la rigidez o la elasticidad del encuadre. De hecho, encuadres verdaderamente inflexibles son descriptos solamente, en las caricaturas del modo de trabajar del analista, aunque si es necesario decir, que existen manuales que son seguramente, caricaturezcos. En las definiciones más tradicionales del encuadre se admite de todos modos, que la norma es definida sólo para dar una guía al analizante, que está expuesta no impuesta, que no es necesario nisiquiera que sea rigurosamente observada, porque es justamente la desviación respecto a ella que dan la oportunidad de ver como el analizante se comporta y ofrecen material a la interpretación. La cuestión no está en la rigidez o en la flexibilidad, como notaba Ricardo Seldes en el número 3 de Papers, la cuestión es más bien, que la experiencia psicoanalítica, en la óptica contractual, viene encuadrada en la perspectiva jurídico-normativa en la que la ley es igual para todos. Qué significa? Si las reglas no son declaras preliminarmente y definidas como cuadro normativo general dentro del cual debe desarrollarse la relación analítica, la respuesta del analista a una conducta del analizante puede aparecer como específica de la situación y no legítimada al interior del cuadro general y esto, es considerado un problema. Se creó una tradición a partir de Bleger, que divide la experiencia analítica entre constantes y variables: el encuadre está de parte de las constantes y en consecuencia es lo que no es suceptible a variaciones. Puede haber pequeñas y lentas mutaciones, pero estas no deben advenir como respuesta al material que emerge en el curso del proceso psicoanalítico. No se podría concebir jamás, desde este punto de vista, el hecho de abreviar una sesión para subrayar un momento particular por la intensidad de significado (de goce no hablemos, que no tiene lugar en esta perspectiva), pero no sería ni siquiera imaginable variar el número de las sesiones, de más o de menos, fijar dos seguidas en el mismo día para relanzar el ritmo de un momento feliz de elaboración, distanciar enigmáticamente la cita siguiente, etc.. Todo esto constituye lo que podríamos llamar, el axioma de autonomía del encuadre de las variables: el encuadre es la constante que no se cambia en la experiencia analítica, en cambio, su proceso está constituido por variables. Creo que resulta bastante clara para nosotros la importancia de tal axioma, propio, porque nosotros no lo incluimos en la panoplia de los que fundan nuestro modo de ejercer el psicoanálisis. Se trata, en conclusión, de considerar que debe resultar decisivo: si el dispositivo regula la praxis o el espacio de movimiento que surge de la posibilidad del dispositivo. Es necesario actuar según la norma o la norma debe dar la posibilidad de actuar? La dirección que tomamos en este punto depende de la adhesión o del rechazo del axioma de autonomía del encuadre de las variables. Es claro que toda la orientación de la IPA va en la primera dirección, al menos hasta el advenimiento de los intersubjetivistas que a pesar de los vientos de la desdogmatización general nunca se pronunciaron específicamente sobre este axioma. La orientación lacaniana va en cambio, inequivocablemente en dirección de la segunda posibilidad. Un autor como Laplanche se pronuncia sobre este argumento diciendo que toda intervención que se apoye sobre variaciones del encuadre constituye un acting out del analista, mientras es claro que para Lacan, lo que Laplanche ve como un acting out es simplemente, lo que delinea la posibilidad del acto analítico. Aceptar o rechazar un axioma no es nunca una cuestión inocente o arbitraria porque en la adhesión o en el rechazo se delinean decisiones que implican puntos de vista estratégicos y políticas diversas, donde se presentan objetivos y formas de lograrlos netamente distintos. Una concepción basada en una norma que no provee excepciones se enmarca en la tradición de lo que es llamado habitualmente normativismo, o positivismo jurídico, una tradición netamente opuesta a la que Miller privilegia en el seminario De la naturaleza de los semblantes, haciendo referencia a Carl Schmitt. Para ilustrar brevemente el punto de vista del normativismo, representado por Hans Kelsen, podemos dar un ejemplo. Un hombre que comete un robo es punido con una sanción. Pero para que un juez sea obligado a infligir la sanción, debe existir una norma ulterior que impute, a su vez, una sanción por la falta de ejecución de la primera sanción. Deben existir por lo tanto dos normas distintas: una que disponga que un órgano debe ejecutar una sanción contro un sujeto y otra que disponga que otro órgano debe ejecutar una sanción contra el primer órgano en el caso en el que la primera sanción no sea ejecutada. El órgano de la segunda norma puede a su vez ser obligado de una tercera norma a ejecutar la sanción dispuesta de la segunda y así susecivamente. Pero no se puede retroceder al infinito, debe haber una última norma de la serie. Esta última norma es la que Kelsen llama, la norma fundamental, la que está en la base de la validez de todas las normas constituyentes de un orden jurídico. Esta norma fundamental es una presuposición lógica necesaria, es la constitución que es productora de derecho. Qué se ve aquí? Que no se crea ninguna tensión entre la norma y su ejecución, porque una cadena de normas se liga a lo que las funda sin solución de continuidad. Las cosas son muy diversas en la visión de Carl Schmitt, donde la tensión entre la norma y su ejecución es el punto sobre el que se apoya para argumentar un estado de excepción, o sea la suspención, en una situación de emergencia, de la formalidad legale a favor de un poder que actue sin las ataduras del derecho. La antinomia entre norma y ejecución lleva a Schmitt a argumentar un derecho sin potencia, que es la forma legal sin poder ejecutivo, y una potencia sin derecho, donde un poder soberano decide y actua fuera de las ataduras formales del derecho. Hay como un vacío de poder al interno de la norma que demanda un estado de excepción para que el derecho sea aplicable a la realidad. Volviendo a nuestros términos, el encuadre contactualista-normativista se garantiza, a través de una suerte de metalenguaje que define a priori la legitimidad de los términos y su legalidad es el problema que prevale sobre el de su aplicación. . De allí, las famosas dificultades clínicas en las que incurrió la experiencia de la psicología del yo. El encuadre lacaniano, si queremos usar esta expresión, está menos preocupado por fijar la legalidad de los términos. No se trata de excluir una cierta normalidad, derivada de las costumbres que se establecen en la particularidad de toda relación analítica y que hacen de cuadro de referencia. Sino que este cuadro puede variar, no tiene un carácter contractual, es una consecuencia y no es a priori, y es sensible al pulsar de la vida que se alborota, a las lentitudes o a las aceleraciones, a los momentos de estancamiento o a los momentos de urgencia, y justamente por esto prevee un estado de excepción donde es necesaria una decición fuera de la norma. No debemos imputar a nuestros compañeros de la IPA el funcionar simplemente, en base al automaton, cosa que sucede quizá sólo en casos extremos, pero vemos que la impostación del encuadre contractualista no incluye el vacuum que es un estado de excepción y sin el cual no tiene espacio teórico ni práctico el acto psicoanalítico. Donde la legalidad prevalece sobre la ejecución se paga una impotencia en el plano clínico que es la que por años hizo hablar del psicoanálisis como una gran teoría del siglo XX, privada de la capacidad de incidir en el sufrimiento del paciente. Woody Allen, en una frase famosa, se daba poco tiempo para dejar el psicoanálisis y decidir ir a Lourdes.: evidentemente frecuentaba un analista con encuadre contractualista. El psicoanálisi aplicado es nuestro nuevo horizonte de reflexión. Creo que es un horizonte posible sólo a partir del encuadre lacaniano, porque sin el vacuum del estado de excepción no hay ninguna aplicación posible. Una observación más antes de concluir: en el precedente número de Papers traté de destacar el pasaje en Lacan del tema del análisis como juego, al del análisis como discurso. En el seminario del Otro que no existe Miller define el discurso como lo que está en lugar de la inexistencia del Otro. En tanto el Otro es pensado como lugar de consistencia, la intención de significar pasa a través y se somete, fijada por el punto de capiton que es el nombre del Padre. Pero el Nombre del Padre en el Otro es lo que produce un desdoblamiento, lo que lleva a distinguir el Otro como lugar del significante del Otro como lugar de la ley. El Nombre del Padre es un punto de capitón al interno del Otro por el cual se constituye como lugar de la ley en el Otro o sea como Otro del Otro (clase del 18 de diciembre de 1996). Esto nos permite evidenciar la diferencia estructural que deriva de la aceptación o del rechazo del axioma de autonomía del encuadre de las variables. El encuadre contractualista que lo presupone, implica una concepción del Otro fundado por la ley o sea un Otro del Otro, un metalenguaje que garantice los términos. La fuerza legal aquí se paga con una debilidad del lado de la aplicación terapeútica. El encuadre lacaniano, que lo rechaza, no proviene de una ley que garantiza el lenguaje y de consecuencias la relación con el referente. El discurso es lo que estructura el vínculo entre los hablantes y que permite estableceer una relación con el referente cuando no tenemos más un metalenguaje que lo fije en un modo legislativo. El vacío dejado por el Otro de la ley, el vacuum interno de la norma, viene a costituir el estado de excepción que permite la desición. Si la práctica fundada en el encuadre contractualista da lugar a una clínica de lo ya dado, la práctica lacaniana produce en cambio, una clínica proyectada hacia lo no realizado, hacia lo que para producirse debe ser decidido.
FUENTE: www.eol.org.ar
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